Una resolución del Estado no es definitiva: puedes reclamar.
Si un organismo público dictó una resolución que te perjudica, puedes pedir que la revise. El recurso de reposición se presenta ante la misma autoridad dentro de 5 días hábiles desde la notificación, y en ciertos casos procede además el recurso jerárquico ante su superior. Lo mismo vale para una licencia médica rechazada. Te ayudamos a reclamar a tiempo.
Cómo se reclama contra un acto de la Administración.
01
Revisar la resolución y su notificación
Qué se decidió, con qué fundamentos y en qué fecha te notificaron: desde ahí corre el plazo.
02
Recurso de reposición
Se presenta ante la misma autoridad que dictó el acto, dentro de 5 días hábiles, explicando por qué es ilegal o injusto.
03
Recurso jerárquico
Cuando la ley lo permite, se pide que resuelva el superior de quien dictó el acto, junto con la reposición o directamente.
04
Otras vías administrativas
Invalidación de actos contrarios a derecho, revisión extraordinaria y reclamos ante la Contraloría o ante las superintendencias.
05
Vía judicial
Si la Administración no corrige, se evalúa un recurso de protección u otras acciones ante tribunales.
Lo que dice la ley
Las normas detrás de tu caso.
Ley 19.880, artículo 59
Recurso de reposición dentro de 5 días hábiles, y recurso jerárquico ante el superior.
Ley 19.880, artículo 25
Plazos de días hábiles: no cuentan los sábados, domingos ni festivos.
Ley 19.880, artículo 53
Invalidación de actos contrarios a derecho, dentro de 2 años desde su notificación o publicación.
Ley 19.880, artículo 60
Recurso extraordinario de revisión, en casos calificados.
Ley 19.880, artículos 64 y 65
Silencio administrativo: efectos de que la autoridad no responda dentro de plazo.
Información general, vigente a la fecha de publicación. No reemplaza la revisión de tu caso por un abogado.
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Tatiana Díaz Mora
Socia Fundadora · Directora
Abogada y socia fundadora de Sentido & Justicia. Su trayectoria se ha desarrollado principalmente en el ámbito público, la litigación estratégica, el derecho público, de familia e infancia, laboral, penal y civil, la protección de derechos fundamentales y la gestión pública, interdisciplinaria e institucional. Ha ejercido como abogada asesora, fiscal investigadora y coordinadora, liderando equipos y abordando conflictos jurídicos de especial complejidad.
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Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan.
Me rechazaron una licencia médica. ¿Cómo reclamo?
Si la rechazó o redujo tu Isapre, puedes reclamar ante la COMPIN dentro de 15 días hábiles desde que recibiste la resolución. Las decisiones de la COMPIN pueden impugnarse ante ella misma y luego ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Conviene acompañar informes médicos y exámenes.
¿Qué diferencia hay entre reposición y recurso jerárquico?
La reposición la resuelve la misma autoridad que dictó el acto; el jerárquico, su superior. No hay recurso jerárquico contra los actos de ministros, alcaldes ni jefes de servicios descentralizados.
¿Qué pasa si la autoridad no responde?
La ley fija plazos para resolver y regula el silencio administrativo: según el caso, la falta de respuesta puede entenderse como aceptación o como rechazo, previa certificación.
Se me pasaron los 5 días. ¿Perdí el derecho?
No necesariamente. Puede pedirse la invalidación del acto dentro de dos años si es contrario a derecho, o evaluarse acciones judiciales, que tienen sus propios plazos.
¿Puedo ir directo a tribunales?
En muchos casos sí, pero si presentas un recurso administrativo no puedes demandar lo mismo ante tribunales mientras no se resuelva. Elegir bien la vía y el orden es parte de la estrategia.
¿Qué puede hacer la Contraloría?
Emitir pronunciamientos sobre la legalidad de los actos de la Administración y atender los reclamos de funcionarios y particulares en las materias de su competencia.
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