Negligencia y mala praxis
Errores quirúrgicos, de diagnóstico y de tratamiento.
Tu salud merece respuestas, no silencios.
La salud es uno de los bienes más valiosos que tenemos y, al mismo tiempo, uno de los ámbitos donde las personas se sienten más desprotegidas. Cuando una atención médica no se ajusta a lo que la lex artis exige, o cuando una institución niega una prestación a la que se tiene derecho, las consecuencias no son solo económicas: afectan el cuerpo, el proyecto de vida y la confianza de toda una familia.
En Sentido & Justicia acompañamos a pacientes y familiares en el análisis de atenciones médicas que pudieron ser deficientes, en la obtención de la ficha clínica y los antecedentes, y en la evaluación técnica y jurídica de lo ocurrido. No toda complicación es una negligencia, pero toda persona tiene derecho a que se le explique qué pasó y a que se revise si hubo una falta al estándar de cuidado.
También representamos a quienes enfrentan a Isapres, Fonasa y prestadores por coberturas rechazadas, aplicación de la Ley de Urgencia, prestaciones GES/AUGE, alzas de planes, preexistencias y licencias médicas rechazadas o reducidas.
Errores quirúrgicos, de diagnóstico y de tratamiento.
Isapres, Fonasa, GES/AUGE y Ley de Urgencia.
Rechazos y reducciones ante Compin, Comere e Isapres.
Información, consentimiento y trato digno.
Analizamos atenciones de salud en las que pudo existir una infracción al estándar de cuidado exigible: errores quirúrgicos, complicaciones evitables, falta de seguimiento, alta prematura o daños derivados de un tratamiento. Evaluamos los antecedentes clínicos junto a peritos y determinamos las acciones civiles, penales o administrativas que correspondan.
Asesoramos cuando un diagnóstico tardío, incorrecto u omitido derivó en un agravamiento del cuadro, en la pérdida de oportunidades de tratamiento o en secuelas que podrían haberse evitado con una atención oportuna.
Gestionamos la obtención de la ficha clínica, exámenes, protocolos operatorios y demás antecedentes médicos. La ley reconoce al paciente el derecho a acceder a su información de salud, y ese acceso suele ser el primer paso indispensable para entender qué ocurrió.
Representamos a personas frente al rechazo o la reducción de coberturas, la aplicación de preexistencias, las alzas de planes, la exclusión de prestaciones y los conflictos con aseguradoras y prestadores de salud, tanto por vía administrativa ante la Superintendencia de Salud como por vía judicial.
Asesoramos cuando se niega o condiciona la atención de urgencia vital, cuando se exigen cheques en garantía o pagos indebidos, y cuando no se respetan las garantías de acceso, oportunidad, calidad y protección financiera del sistema GES/AUGE.
Defendemos a trabajadoras y trabajadores frente al rechazo, la reducción o la modificación de licencias médicas por parte de Isapres, Compin o Comere, revisando los fundamentos de la decisión y presentando las reclamaciones y recursos que correspondan.
Orientamos sobre los derechos reconocidos por la Ley N.º 20.584: información oportuna y comprensible, consentimiento informado, trato digno, reserva de la información clínica, acompañamiento y presentación de reclamos ante el prestador y ante la Superintendencia de Salud.
Asesoramos a pacientes y familias frente a internaciones, tratamientos y medidas que puedan afectar la libertad personal o la dignidad de quienes atraviesan un problema de salud mental, resguardando el marco legal aplicable.
Perseguimos la reparación del daño patrimonial y del daño moral sufrido por el paciente y su entorno familiar, considerando gastos médicos, pérdida de capacidad de ganancia, secuelas y afectación del proyecto de vida.
Representamos a nuestros clientes en la mediación previa y obligatoria ante el Consejo de Defensa del Estado o ante mediadores acreditados, y continuamos con las acciones judiciales cuando no se alcanza un acuerdo satisfactorio.
No toda complicación constituye una negligencia. Lo determinante es si la atención se ajustó al estándar de cuidado exigible según el estado de la ciencia y las circunstancias del caso. Por eso el análisis siempre parte por revisar la ficha clínica y los antecedentes junto a profesionales del área.
Sí. La legislación reconoce al paciente —y, en los casos que la ley señala, a sus representantes o herederos— el derecho a acceder a la información contenida en su ficha clínica. Solicitarla oportunamente es clave para conservar los antecedentes.
Los plazos varían según la acción que se ejerza y según si el prestador es público o privado. Como suelen ser breves, conviene asesorarse apenas existan dudas sobre la atención recibida.
En materia sanitaria existe una mediación previa y obligatoria. Cuando el prestador es público se tramita ante el Consejo de Defensa del Estado; cuando es privado, ante mediadores acreditados por la Superintendencia de Salud.
Es posible reclamar administrativamente ante la Superintendencia de Salud y, según el caso, recurrir a los tribunales. La revisión del plan, del contrato y de los fundamentos del rechazo permite definir la vía más eficaz.
Sí. Existen reclamaciones ante la Compin y la Comere, con plazos acotados. Es importante reunir los informes y antecedentes clínicos que respalden el reposo indicado por el profesional tratante.
La Ley de Urgencia prohíbe condicionar la atención de una urgencia vital al pago previo o a la entrega de garantías. Si esto ocurrió, existen mecanismos para reclamar y perseguir las responsabilidades correspondientes.
Cuéntanos tu situación. La primera consulta es de orientación y suele bastar para saber si podemos ayudarte.
“Hola, necesito asesoría en Negligencias Médicas y Derecho de Salud. ¿Podemos coordinar una consulta?”