¿Qué es el daño moral?
Es el sufrimiento, dolor o menoscabo que causa el hecho, más allá de lo económico. Lo fija el tribunal según la gravedad del daño y la prueba que se rinda; no existe una tabla.
Quien causa un daño a otro por su culpa o negligencia debe indemnizarlo. Puedes reclamar los gastos y pérdidas, lo que dejaste de ganar y el daño moral. Para eso hay que probar el hecho, el daño y la relación entre ambos, y demandar dentro de plazo: cuatro años si no había un contrato de por medio.
Si te identificas con alguna, vale la pena que conversemos tu caso.
Evaluar mi casoFotos, partes policiales, fichas médicas, boletas, cotizaciones, contratos, mensajes y datos de testigos.
Quién causó el daño y quién más responde: el dueño del vehículo, el empleador, la empresa o el establecimiento.
Gastos y pérdidas (daño emergente), ingresos que dejaste de percibir (lucro cesante) y daño moral.
Muchas veces se logra un acuerdo con el responsable o con su aseguradora antes de llegar a juicio.
Si no hay acuerdo, se demanda ante el tribunal competente dentro del plazo de prescripción.
Información general, vigente a la fecha de publicación. No reemplaza la revisión de tu caso por un abogado.

“El Derecho no debe ser un privilegio de quienes tienen más poder; debe ser una herramienta para proteger la dignidad y los derechos de todas las personas.”
Abogada y socia fundadora de Sentido & Justicia. Su trayectoria se ha desarrollado principalmente en el ámbito público, la litigación estratégica, el derecho público, de familia e infancia, laboral, penal y civil, la protección de derechos fundamentales y la gestión pública, interdisciplinaria e institucional. Ha ejercido como abogada asesora, fiscal investigadora y coordinadora, liderando equipos y abordando conflictos jurídicos de especial complejidad.
Es el sufrimiento, dolor o menoscabo que causa el hecho, más allá de lo económico. Lo fija el tribunal según la gravedad del daño y la prueba que se rinda; no existe una tabla.
Depende de los daños que se logren acreditar. Con los antecedentes podemos darte una estimación responsable; no prometemos montos.
La indemnización puede reducirse si la víctima se expuso imprudentemente al daño, pero no desaparece por ese solo hecho.
En los accidentes de tránsito, la ley hace responsable solidario al dueño del vehículo junto con el conductor, salvo que acredite que fue usado sin su conocimiento o autorización.
En esos casos, antes de demandar la ley exige una mediación: ante el Consejo de Defensa del Estado si se trata de un establecimiento público, o ante la Superintendencia de Salud si es privado.
No siempre. Muchos casos se resuelven por acuerdo con el responsable o con su compañía de seguros. Tener el caso bien documentado mejora esa negociación.
Indemnización de perjuicios · Incumplimientos contractuales · Cobro de deudas
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“Hola, sufrí un daño y quiero saber si puedo pedir una indemnización.”
¿Prefieres el correo?contacto@sentidojusticia.cl